Reteica

¿Que es el reteica? 

Se trata de un descuento que el vendedor le hace al comprador en el momento de causar, pagar o abonar en cuenta las facturas o cuentas de cobro, como parte del pago anticipado del ICA que está obligado a declarar en determinadas fechas del año, según el calendario tributario de cada municipio.

El agente retenedor (vendedor) debe consignar periódicamente los montos recaudados a las arcas del municipio, donde se realizaron las transacciones en las fechas establecidas por la administración y diligenciando los formularios expedidos para tal fin.

Por otra parte, el reteica -al ser un sistema de recaudo anticipado de un impuesto municipal- debe practicarse solo a proveedores con sede en el mismo municipio del agente retenedor. Es decir, si estás en Medellín y haces una compra a un proveedor de Bogotá, no puedes efectuarle la retención, ya que tributa en dicha ciudad, por lo que ese reteica no le servirá como anticipo de dicho impuesto una vez tenga que declarar y pagar

¿Quiénes están obligados a retener?


Ahora que sabes qué es el reteica, es necesario conocer cuáles son las entidades y empresas obligadas a ejercer como retenedores de ICA.

*Entidades de derecho público.

*Grandes contribuyentes, según resolución de la DIAN.

*Aquellos que mediante resolución del Director de Impuestos municipal se designen como agentes de retención.

*Los intermediarios o terceros que intervengan en operaciones económicas que generen     retención ICA.

*Consorcios y Uniones temporales.

*De acuerdo con la resolución 052377 del 28 de junio de 2016, los contribuyentes de régimen común.

*Entidades sin ánimo de lucro.

Actividades excluidas del impuesto de industria y comercio

Las actividades excluidas de este tributo pueden variar de un municipio a otro. Pero entre las más comunes se encuentran:

  • Producción primaria, agrícola, ganadera y avícola. Pero no se incluyen la fabricación de productos alimenticios, ni de ninguna industria donde haya un proceso de transformación.
  • Producción nacional de artículos destinados a la exportación.
  • Educación pública, actividades de beneficencia, culturales y deportivas.
  • Actividades desarrolladas por los sindicatos, asociaciones de profesionales y gremiales sin ánimo de lucro y por partidos políticos.
  • Servicios prestados por los hospitales vinculados al sistema nacional de salud. 
  • Primera etapa de transformación realizada en predios rurales, siempre y cuando se trate de actividades de producción agropecuaria.
  • Actividades de circulación de los artículos de cualquier género que atraviesen por el municipio. 
  • Actividades consideradas como no mercantiles por el artículo 23 del Código de Comercio.
  • Proyectos energéticos presentados por entidades territoriales de las zonas no interconectadas del Sistema Eléctrico Nacional al Fondo Nacional de Regalías.


En el momento en que las entidades mencionadas anteriormente realicen actividades industriales o comerciales, incurrirán en el correspondiente pago del ICA.

Asimismo, los agentes retenedores deben entregar a los retenidos los respectivos certificados de reteica. En este documento deben estar:

  • El concepto de las retenciones practicadas en el año o periodo.
  • La base de retención.
  • El porcentaje a aplicar.
  • El valor retenido.
  • Dichos certificados le servirán al contribuyente como soporte del anticipo del Impuesto de Industria y Comercio que ha realizado, a fin de que sea descontado del respectivo pago anual de este tributo.






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